martes, 18 de noviembre de 2014

Actividad nº 10 "Participación Escolar"

En esta entrada pretendo reflexionar sobre el estado actual de la participación escolar.

Tal como hemos podido apreciar en el monográfico de Luis Gómez Llorente, con el desarrollo de la LODE de 1985 se pretendió impulsar la participación de toda la comunidad educativa a través de su participación en los órganos colegiados de gobierno de los centros, así como fomentando la creación de diferente tipo de asociaciones que encajaran en los intereses educativos de un centro (asociaciones de padres y de alumnos fundamentalmente. Está claro que este modelo participativo, horizontal, que fomenta el debate y el acuerdo entre iguales pretendía suplantar al modelo vertical, basado en las relaciones de superioridad/inferioridad. Con el paso del tiempo se ha podido apreciar que dichos propósitos han prosperado de manera parcial y no se ha logrado  la implicación que se pretendía de toda la comunidad educativa. 

Ahora mismo, con la actual ley vigente (LOMCE), podemos apreciar cómo en cierta forma se vuelve a una concepción más vertical de la organización y del gobierno de los centros, ya que, por ejemplo, se transfieren una serie de competencias que eran propias del Consejo Escolar de los centros a la figura del director. 

También es cierto que durante la vigencia de la LODE y de las demás leyes que le sucedieron (LOGSE, LOCE, LOE), a tenor de lo expuesto por Luis Gómez Llorente, pareciera como que la posibilidad de participación efectiva por parte de toda la comunidad en el gobierno de los centros, no terminó de cuajar, en el sentido de que no siempre fue aprovechada con el entusiasmo esperado.

Desde la experiencia personal, como padre de un alumno de 4º de la ESO, puedo confirmar que la participación del alumnado en dichos temas, no parece despertarles mucho interés. Pienso que uno de los motivos puede tener que ver con lo que comenta Luis Gómez Llorente en el sentido de que si el propio profesorado no ha recibido la formación suficiente o adecuada para promover una actitud más participativa de su alumnado, es probable que se esté repitiendo el modelo en el fue educado dicho profesorado (modelo vertical). 

En mi opinión, creo que si desde el profesorado, fundamentalmente a través de los tutores en las horas dedicadas a la tutoría, se educara al alumnado en una serie de actitudes participativas, críticas y creativas, podría ser que con el tiempo naciera del propio alumnado la necesidad y la voluntad de querer tener un papel más activo en la participación de actividades así como en el gobierno de los centros. También creo que, si los alumnos perciben que su participación no va a redundar finalmente en las decisiones que se tomen en el centro, es probable que esta circunstancia les lleve al desaliento; por el contrario, muy probablemente, si ellos saben que sus opiniones serán tenidas seriamente en cuenta en relación a aspectos relevantes relacionados al funcionamiento del centro, posiblemente adoptarían una actitud más comprometida, participativa y activa en relación a estos temas. 


martes, 11 de noviembre de 2014

Actividad nº8 "PEC_RRI"

En esta entrada intentaré analizar la coherencia entre el carácter manifestado en un PEC determinado y la redacción de su RRI. Para realizar dicho análisis me he basado en el PEC del Colegio San Agustín (pinchando en la imagen puedes acceder a ellos)



y en el RRI del mismo Centro.


He elegido los documentos de este Centro en concreto porque, después de haber visto unos cuantos (de centros públicos sobre todo), me llamó la atención la minuciosidad y el detalle en que están redactados los documentos de este Centro. 

En primer lugar, del PEC cabe decir que hace especial hincapié a la Identidad del Centro, basada en los principios Agustinianos de la solidaridad, el amor y la fraternidad. En la pg. 4 del mismo podemos encontrar como propósitos del Centro el construir una sociedad más fraterna y solidaria. También enfatiza en el desarrollo de la propia valoración positiva personal, en el desarrollo de la capacidad de diálogo en un ambiente de libertad, cercanía y amistad y en el desarrollo del espíritu crítico como garantía de la libertad. En la pg. 5, como objetivos del Centro se vuelve a recalcar la importancia del estímulo de la libertad enmarcada dentro de la responsabilidad y el diálogo.

Como seña particular de identidad del Centro, éste entiende la acción educativa como lugar de evangelización, apostolado y acción pastoral y más precisamente, como Centro Agustiniano, se propone (pg.6) articular la máxima inclusividad y flexibilidad. Al mismo tiempo promueve la espiritualidad de comunión buscando convertir a todos en condiscípulos.

En la pg. 13 del PEC, en relación a la ESO, hace referencia a que el Plan de Convivencia será el marco idóneo para reconducir y garantizar los derechos de toda la comunidad educativa y para resolver los problemas disciplinares siguiendo los procedimientos en él previstos. El punto 1.3. hace referencia a toda la organización (organigrama del Centro). El punto 4 (pg.23) marca las pautas para el desarrollo del Plan de Atención a la Diversidad; el punto 5 (pg.36) detalla el Plan de Convivencia del Centro y en la pg. 151 encontramos el Plan de Acción Tutorial.

El RRI se presenta como un documento independiente, aunque está estrechamente vinculado a los documentos antes citados (Plan de Convivencia, Plan de Acción Tutorial y Plan de Atención a la Diversidad). El RRI determina las funciones, los derechos y los deberes de todos los estamentos de la comunidad educativa.

El RRI del Colegio San Agustín se fundamenta en los principios del diálogo y la corresponsabilidad. Supone el compromiso de los padres con la educación de sus hijos. En la elaboración del RRI han intervenido todos los componentes de la comunidad educativa y responde a lo establecido por la LOCE, al Decreto 51/2007 de 17 de mayo sobre derechos y deberes de los alumnos, a la Constitución y a las características propias o ideario del Centro. Fue aprobado por el Consejo Escolar el 29/11/2013.

Su objetivos es regular la organización y funcionamiento del Centro y promover la participación de toda la Comunidad Educativa.

Los art. 5 y 6 están dedicados a los derechos y deberes del alumnado, siempre enmarcados dentro de el carácter propio del Centro. El art. 8 recalca el deber del Titular del Centro de dar a conocer el ideario propio de los Agustinos como seña de identidad del Centro.

Todo el punto 6º está dedicado a la Convivencia Escolar y dentro de éste, el punto 6.3 marca las instrucciones para favorecer la convivencia. El art. 92 establece la necesidad de elaborar el Plan de Convivencia. En la pg.26 el punto 6.3. está dedicado a la Disciplina Escolar y el art. 94 establece los Criterios de aplicación de las actuaciones correctoras.

En la pg. 40 del RRI encontramos el Anexo III en el que se establecen de forma minuciosa las Normas y Sanciones Disciplinarias. Entre las incidencias leves, llaman la atención la 1ª y la 12ª. La primera referida a la puntualidad establece que los alumnos de ESO deben estar en el aula antes que el profesor.  La sanción por su incumplimiento será estar de pie durante toda la clase. En el punto 12 se establece la prohibición de permanecer en los pasillos entre clase y clase; dicha situación también es castigada con la permanencia del alumno de pie durante toda la clase.

Para las incidencias graves se prevé en todos los casos el inicio de procedimiento de resolución de conflictos, acompañado de otras medidas tales como asistir obligatoriamente por las tardes para la realización de tareas, la pérdida de recreo, exclusión de excursiones u otras actividades extra escolares.

En general, valoro como positiva la coherencia entre ambos documentos, si bien es cierto que en lo referido a las Normas y Sanciones previstas para el mantenimiento de la Disciplina Escolar, éstas están redactadas de una forma un tanto punitiva. Al mismo tiempo, es verdad que pareciera estar casi todo previsto y todo muy bien establecido de forma tal que no queda sitio para las ambigüedades o interpretaciones, lo cual tiene el lado positivo de dejar establecidas unas normas claras conocidas por todos.

La interpretación que hago yo de la lectura de ambos documentos es que la idea del Centro es crear el ambiente propicio para lograr un clima de convivencia tal que evite llegar a la aplicación de las medidas disciplinares, pero. llegado el caso, las medidas están expuestas de forma tal que no den lugar a las interpretaciones. Al mismo tiempo, al haber sido desarrolladas, consensuadas y aprobadas por el Consejo Escolar, suponen la buena aceptación por parte de todos. Por lo demás, me parecen dos documentos bien articulados entre sí, que manifiestan de forma explícita el ideario y las señas de identidad del Centro.





lunes, 10 de noviembre de 2014

Actividad nº 11 "Orientared"

En esta actividad se nos ha pedido que comentemos alguno de los documentos disponibles en la página de  ORIENTARED .

Orientared es una página web dirigida a todos los usuarios pero especialmente a los profesionales e instituciones dedicadas a la educación y tiene por finalidad dar información en todos aquellos aspectos que guardan relación con la acción educativa, tales como la Orientación, la Atención a la Diversidad, la Tutoría, la Evaluación y aspectos legales relacionados con la educación.

Para cumplir dicho cometido, la página pone a disposición del usuario una serie de documentos en los que se ofrece todo tipo de recursos y modelos de diversa índole.

En este caso, yo he elegido para comentar el siguiente modelo de Plan de Acción Tutorial desarrollado por Orientared.


El principal propósito del modelo de PAT propuesto es el seguimiento del proceso de enseñanza - aprendizaje de los alumnos, la inserción de éstos en la dinámica del Centro y los procesos de orientación académica y profesional del alumnado.

El plan prevé la reunión semanal de los tutores con el Equipo de Orientación. También contempla la reunión mensual del profesorado de cada grupo, de las que una coincidirá con la sesión de evaluación.

Los objetivos están elaborados teniendo en cuenta cuatro aspectos: la convivencia, la propia persona (aprender a ser), aprender a pensar y aprender a decidir. Dichos objetivos se concretan a través de un plan de actuaciones que se agrupan en actividades de orientación profesional, actividades de orientación educativa y actividades de orientación personal. También establece un cronograma de reuniones con las familias teniendo entre otros objetivos fomentar la participación e implicación de las familias con el Centro. Finalmente establece las pautas para la evaluación del propio plan.

domingo, 9 de noviembre de 2014

Actividad nº 7 "La acción tutorial en mi Secundaria"

En esta entrada haré una breve pincelada de lo que recuerdo de mi experiencia en lo relacionado a la acción tutorial. Cabe aclarar que yo finalicé mi Bachillerato allí por el año ´81 (más de treinta años atrás) en Bs. As. , Argentina, y que por aquel entonces mi país vivía bajo una dictadura militar y estábamos próximos a mantener un "conflicto" armado con el Reino Unido (una guerra) por la disputa de la soberanía de las Islas Malvinas. Digo todo esto, porque creo encontrar en todo este contexto las causas por las que el Sistema Educativo de aquel entonces y en aquel país, visto desde ahora, me parece más que peculiar y probablemente, había unas cuantas cuestiones, entre ellas la acción tutorial, que se quedaban por el camino.

Por supuesto que a diferencia de cómo se programa hoy en día la tutoría, en aquel entonces no teníamos en el horario un espacio especialmente dedicado a ella; ni tampoco en secundaria teníamos un profesor tutor. A decir verdad, no recuerdo quién cumplía esa función. Simplemente recuerdo que la "orientación profesional", sí se realizó al promediar el último curso de Bachillerato; recuerdo que tuve un par de entrevistas con un psicopedagogo que constató que yo tenía muy definida mi vocación como músico y que "no había nada que hacer". Con este panorama, es que prefiero hablar de una maestra de Educación Primaria, de la que recuerdo un hecho en concreto que hoy lo podría asociar, por un lado a la acción tutorial, pero sobre todo, a su compromiso como docente con la educación.

Estaba yo cursando mi 4º de primaria (9 años) y en mi familia se acababan de producir unos cuantos cambios. Acababa de nacer mi hermana (la tercera en orden de nacimientos), nos habíamos mudado de casa y por ende yo acababa de cambiarme de colegio a mitad de curso, y me habían regalado un perro. Parece ser que todos estos cambios, aunque casi todos eran motivo de alegría (el cambio de colegio quizás era el único traumático), hicieron que yo en mi rendimiento académico estuviese un tanto despistado (me olvidaba de hacer los deberes, escribía con una letra igual de horrorosa que la que aún mantengo pero en tamaño gigante, mis cálculos matemáticos daban resultados inexplicables) y parece ser que todos estos "síntomas" llamaron la atención de mi maestra. Lo que recuerdo es que ella se ofreció para que yo fuese por las tardes a su casa para darme clases de apoyo y durante unos cuantos meses yo fui varios días a la semana a su casa y mientras ayudaba a sus hijos con sus deberes, me ayudaba a mí con lo míos. Por supuesto que lo hizo de forma totalmente desinteresada (gratis) y a día de hoy, es cuando realmente puedo valorar ese gesto, de aquella maestra que, seguramente muy comprometida con su labor, hizo todo lo posible por rescatarme de aquel pequeño bache.

Vaya hoy todo mi agradecimiento a mi maestra de 4º de primaria del año 1973.

martes, 4 de noviembre de 2014

Actividad nº 3 "LODE - LOE - LOMCE"

En esta entrada pretendo realizar una comparativa sobre los aspectos más relevantes en cuanto a la innovación o progreso, o por el contrario, al retroceso que pueden haber supuesto la aprobación de cada una de las leyes a las que aquí nos referimos, la Ley Orgánica de Educación de 3 de julio de 1985 (LODE), la Ley Orgánica de 3 de mayo de 2006 de Educación (LOE) y la tan comentada LOMCE o Ley Orgánica de 9 de diciembre de 2013, para la Mejora de la Calidad Educativa.

Respecto de la LODE de 1985, creo que la innovación más relevante que pretende introducir en el Sistema, es el establecimiento de las pautas de regulación de los centros privados concertados. Dice la citada ley en su preámbulo que la intención de la misma es atender a los deberes y derechos constitucionales en cuanto a la obligación del estado de garantizar las enseñanzas obligatorias respetando el derecho de las familias a la elección de centro de acuerdo a sus convicciones morales de estas últimas. Así, podemos decir que la ley trata de conjugar el derecho a la educación con la libertad de enseñanza. Bien es cierto que esta ley, creo entender, intenta poner un poco de orden en lo relativo a las "subvenciones" que desde la Ley General de Educación de 1970 (LGE) se venían concediendo a los Centros Privados en virtud de la colaboración de éstos al Sistema Educativo. Lo que la LODE establece son los requisitos que los centros privados deberán reunir a fin de beneficiarse de la subvención estatal. Estos requisitos vienen a ser: la prestación del servicio público de Educación (obligación de impartir gratuitamente dichas enseñanzas); que imparta la enseñanza básica obligatoria de acuerdo a las normativas establecidas por la ley; tendrían preferencia de este concierto con el Estado aquellos centros que atiendan a poblaciones escolares desfavorecidas económicamente o que realicen experiencias pedagógicas innovadoras de interés para el Sistema; también tendrán preferencia aquellos centros privados que estén constituidos en régimen de cooperativa; ninguna actividad curricular podría tener carácter lucrativo; toda práctica confesional tendría carácter voluntario; la admisión del alumnado se regiría según los mismos criterios establecidos para los centros públicos. Los centros concertados tendrían derecho a definir su carácter propio.

En cuanto a los órganos de gobierno de los centros, es una ley que promueve la participación e implicación de toda la comunidad educativa, ya que a parte de la figura del Director (art. 38) que tendría competencias en la dirección y coordinación de todas las actividades educativas así como la jefatura del personal docente, otorga al Consejo Escolar,presidido por el Director y conformado por representantes de los padres, alumnos, claustro de profesores y un representante de la parte administrativa, una serie de facultades tales como: la elección y en su caso el cese del Director, la aprobación de la Programación General Anual, la línea pedagógica, la aprobación del Reglamento de Régimen Interno así como la supervisión de aspectos administrativos del Centro. Con todo esto, podemos deducir que la ley pretende impulsar la participación de toda la comunidad educativa en el desarrollo de la Educación. También define las competencias del Claustro, que serían  la programación de las actividades del centro, la elección de los profesores representantes del Claustro en el Consejo Escolar, la definición de los criterios de evaluación y recuperación del alumnado así como la promoción de la investigación educativa.

En lo referente a la LOE de 2006, la ley está guiada por una serie de principios, tales como la calidad universal de la educación, la equidad, la inclusión así como la promoción de una serie de valores tales como la libertad, la responsabilidad, el espíritu democrático, la solidaridad y la tolerancia. También hace hincapié en la concepción de la educación como aprendizaje permanente, la adecuación de la educación a las diferentes necesidades del alumnado, la orientación educativa y profesional, la autonomía organizativa y curricular de los centros. En relación a la LODE, sigue promoviendo la participación de toda la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros y da especial importancia a la educación en la prevención de conflictos y la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. En cuanto a los Fines, insiste en la importancia de los valores y principios necesarios para la convivencia en una sociedad cada vez más multicultural, el desarrollo de la regulación del propio aprendizaje, la capacitación para el ejercicio de actividades profesionales y la preparación para la participación activa en la sociedad del conocimiento.

Como rasgo muy diferenciador respecto de la LODE, la LOE dedica todo su Título II a la Equidad en la Educación, definiendo en el Capítulo 1º las líneas de actuación respecto a los alumnos con necesidades especiales de apoyo educativo y en el Capítulo II las pautas de actuación respecto a la compensación de las desigualdades.

Respecto a los "conciertos", si bien mantiene el espíritu de la LODE, en éste mismo Título II (de la Equidad), en el Capítulo III hace referencia a que la Administración velará por el equilibrio en la distribución del alumnado con NEE en cuanto a la escolarización entre los centros públicos y los concertados.

La LOE, en su Título V, de la Participación, autonomía y gobierno de los Centros Concertados, insiste en que la Administración garantizará la participación de la comunidad educativa en el gobierno, organización, funcionamiento y evaluación del Centro. El Consejo Escolar de éstos, sigue manteniendo la potestad de aprobar y evaluar el PE y la PGA así como participar en la elección del Director, así como decidir sobre la admisión del alumnado, conocer la resolución de los conflictos, analizar y valorar el funcionamiento general del centro. Con todos estos aspectos, podemos ver cómo a través del Consejo Escolar se permitía la participación activa de toda la comunidad educativa respecto del gobierno del centro. En cuanto a las funciones del Claustro, más o menos se mantienen las mismas que las establecidas en la LODE.

Una diferencia sustancial con la LODE, es todo el Título VII que la LOE dedica a la Inspección del Sistema Educativo, organizado en dos niveles; la Alta Inspección, que corresponderá al Estado y la Inspección Educativa, que con arreglo a lo dispuesto por la Alta Inspección es la que cada Comunidad Autónoma establecerá con el propósito de orientar, supervisar y controlar el funcionamiento de los Centros Educativos.

En cuanto a la LOMCE, de todos es sabido lo polémica que ha sido su elaboración, lo urgente que ha sido su aprobación, y lo poco prevista que está siendo su aplicación debido a la urgencia por implantarla. En cuanto a alguno de los cambios más significativos respecto de los temas referidos al Gobierno de los Centros, los más relevantes tienen que ver con las funciones del Director (art.132), el cual aprobará el Proyecto Educativo, la Programación General Anual, decidirá sobre la admisión del alumnado, establecerá requisitos y méritos específicos para puestos docentes y podrá rechazar de forma motivada la incorporación de puestos de interinos de las listas centralizadas. El Consejo Escolar pasa a tener una función meramente consultiva, evaluadora e informadora. Si lo comparamos con las funciones que tenía asignadas hasta la LOE, vemos cómo su poder decisorio en el gobierno del centro merma de forma sustancial.

Otro cambio significativo es que se equipara la oferta de plazas públicas y concertada, desapareciendo la obligación del Estado de garantizar una plaza en centro público para la educación obligatoria.

También se contempla la construcción y gestión de centros concertados en suelo público.

La ESO pasa a organizarse en dos ciclos; el 1º es hasta el tercer curso, y el 2º es el cuarto curso. Solo se puede acceder a Bachillerato si se aprueba un examen final.

A simple vista, pareciera que el espíritu de la ley es sensiblemente opuesto al de las anteriores leyes, sobre todo en lo relativo a la participación y toma de decisiones de toda la comunidad educativa en el gobierno de los centros, asignándole muchos más poderes a la figura del director en detrimento de los órganos colegiados. También se observa una marcada afinidad hacia los centros concertados; ¿podría ser éste paso hacia la privatización de la educación?; quién sabe, el tiempo lo dirá. De momento sólo podría parecer una aproximación a dicho propósito.

Como valoración personal, lo que más critico de esta ley y en general de cualquier otra, es que se sancione con tan poco consenso. Desde la educación, todos sabemos que las normas con mejor aceptación y que mejor resultado dan, son las normas consensuadas. Parece una paradoja que todo un Sr. Ministro de Educación ignore por completo tan básico principio de la Educación.

sábado, 1 de noviembre de 2014

Actividad nº 9 "Documentos de Centro"

En esta actividad se nos solicitó que en pequeño grupo, imaginásemos un Centro ideal y lo definiésemos a través de sus documentos oficiales. Finalmente quedó elaborado un pequeño trabajo en el que definimos la "inspiración y ubicación" del mismo, así como los valores que se intentaría promover y el "modelo de sociedad" al que pretende contribuir. También hemos diseñado una especie de organigrama de funciones y un pequeño Reglamento de Régimen Interno.

Pinchando en la imagen podrás acceder al trabajo completo.

 I.E.S. Babelia

Actividad nº 13 "Valoración de PROA, ALISO, etc."

En esta entrada pretendo realizar una breve valoración de los principales planes de actuación que se desarrollan o se han desarrollado en Castilla y León, todos ellos enfocados bien a compensar los motivos de desigualdad educativa o a potenciar diferentes aspectos de la innovación educativa.

El Plan de referencia a partir del cual se han ido desarrollando los diferentes planes, ha sido el "Plan Marco de Atención Educativa a la Diversidad para Castilla y León", que en principio fue previsto para llevarse a cabo a partir de 2003 hasta 2007. Podemos decir que se trataba de un plan muy ambicioso, ya que a partir de un análisis exhaustivo de las diferentes necesidades específicas del alumnado, se marcaba una serie de objetivos que dieran la respuesta adecuada a dichas necesidades. A partir de este plan de referencia, van surgiendo los demás planes, de carácter más específico, enfocados cada uno de ellos a una necesidad concreta; así surgen el "Plan de Atención al Alumnado Extranjero y de Minorías" (2004), el "Plan de Atención al Alumnado con Superdotación Intelectual" (2005), el "Plan de Orientación Educativa" (2006), el "Plan de Prevención y Control del Absentismo Escolar" (2005) y el "Plan de Atención al Alumnado con Necesidades Educativas Especiales" (2007). 

Tal como hemos visto en las clases, dentro de las medidas de atención a la diversidad, surgen programas específicos, como el PROA o el ALISO. El "Programa de Refuerzo, Orientación y Acompañamiento" (PROA) se presenta en tres modalidades, dos de las cuales están destinadas al alumnado de ESO y está destinado a aquellos alumnos que por diferentes motivos presentan dificultades y problemas en sus procesos de aprendizaje, ya sea por problemas de hábitos de trabajo y baja motivación, problemas de integración en el grupo, retraso madurativo o por retraso en áreas instrumentales. El programa facilita a los Centros la capacidad de ofrecer modificación de estrategias en la atención a este alumnado, apoyo escolar (en horas adicionales) y los monitores o profesores necesarios para dichos fines.

También hemos conocido el programa de Adaptación Lingüística y Social (ALISO), enmarcado en el "Plan Integral de Inmigración en Castilla y León" 2005-2009. Su objetivo específico es facilitar el conocimiento de la lengua vehicular de la enseñanza y desarrollar habilidades sociales básicas respetando la cultura de origen del alumnado inmigrante.

También hemos visto y comentado un "Programa de Competencia Digital".

En cuanto a la valoración personal que hago de los diferentes programas, no cabe duda de que todos parecen estar muy bien planificados y enfocados a las diferentes necesidades educativas del amplio espectro de perfiles que puede presentar el alumnado. Dicho esto, por experiencia personal, debo decir que como padre de un adolescente que actualmente cursa 4º de la ESO, durante los tres cursos pasados he mantenido reuniones regulares con los tres tutores que ha tenido mi hijo en centros públicos, por problemas relacionados con la ausencia de hábitos de trabajo y una bajísima o nula motivación y en ningún momento se ofreció la posibilidad de que mi hijo se acogiera por ejemplo al programa PROA. Quiero decir que, muchas veces, se nota una buena voluntad por parte la administración y se diseñan cantidad de programas y planes bien intencionados, pero luego, probablemente por falta de la dotación económica necesaria, no siempre llegan a ser efectivos.

En cuanto a los programas de competencia digital, no me cabe la más mínima duda de su necesidad, comenzando por la capacitación del profesorado. Como toda nueva tecnología (tomemos por caso la aparición de la imprenta), se trata de una herramienta nueva que se añade a las anteriores y que como tal, dependerá del buen uso que hagamos de ella. La tecnología en sí, no es ni buena ni mala; va a depender de cómo la usemos dentro del contexto en el que la apliquemos. Pero no cabe duda de su necesidad y  de la necesidad de que nosotros y nuestros alumnos estemos "alfabetizados" en ella. Así como hace unas décadas se exigía que cualquier trabajador supiese "escribir a máquina", hoy en día no se concibe ningún profesional que no tenga un manejo aceptable de las TIC. Por otro lado, debemos entender de su necesidad como canal de información y herramienta que facilita la investigación.

Como programas que se estén llevando a cabo, me ha llamado la atención el Programa de Innovación Educativa (PIE) que se está desarrollando en el IES  Condesa Eylo, "Centrados en Convivencia para Mejorar el Aprendizaje" ya que por el carácter multicultural de nuestras sociedades (que estimo que poco a poco irá en aumento), estimo que son necesarios para la consecución de una sociedad más comprensiva e integradora.

 "Centrados en la Convivencia...." IES Condesa Eylo